Registro Estatal de Profesionales Sanitarios: información a los/las colegiados/colegiadas que trabajan en RHA y embriología

Es urgente que la unidad/servicio/centro de los miembros del COBCV que trabajan en reproducción asistida y embriología, emitan una comunicación según ANEXOIII_modelo-escrito-para-dirigir-por-el-centro-a-la-consejería-de-sanidad, a la Consejería de Sanidad de la Generalitat Valenciana. En estos momentos se está confeccionando el Registro de Profesionales Sanitarios y se está analizando el RD 639/2014 (anulado). Es importante que tu Consejería tenga conocimiento de esta certificación y que se haga llegar al Ministerio.

El RD 640/2014, de 25 de julio, por el que se regula el Registro Estatal de Profesionales Sanitarios, en su Artículo 6 establece que los Centros Sanitarios Privados inscritos en el Registro General de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios (REGCESS), están obligados a comunicar los datos de los profesionales sanitarios y de los profesionales del área sanitaria de formación profesional incluidos en sus registros.

Con motivo de la publicación de la Orden SSI/890/2017, de 15 de septiembre, por la que se desarrolla el RD citado, se publicó información básica en la Web del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (MSSSI) (http://www.msssi.gob.es/profesionales/registroEstatal/home.htm) para facilitar la puesta en marcha del Registro Estatal de Profesionales Sanitarios (Portal REPS).

Teóricamente, a partir del 23 de diciembre de 2017 (fecha de entrada en vigor del RD), el portal REPS debería tener habilitado un formulario para que el representante de cada centro pudiera darse de alta y acceder a la plataforma. Las entidades dispondrían entonces hasta el 23 de septiembre de 2018, para enviar toda la información relativa a sus profesionales sanitarios.

Aunque no nos consta aún la puesta en funcionamiento del Portal REPS, alguna Comunidad Autónoma está empezando a enviar a los Centros y Servicios de su zona de influencia información para poder acceder al portal cuando esté disponible.
Naturalmente, los biólogos que no tienen especialidad sanitaria reconocida por título, seguimos sin estar incluidos, por lo que no podremos darnos de alta en dicho registro.

Desde el Consejo General de Colegios Oficiales de Biólogos y ASEBIR se informa de que estamos realizando el seguimiento de este problema y se están realizando gestiones junto con otros Consejos Generales de Colegios Profesionales, Asociaciones Científicas y Conferencia de decanos de Biología en un intento de unificar estrategias para un fin común: nuestro reconocimiento total como Profesionales Sanitarios.

Como paso inicial, hemos insertado el documento que tiene que rellenar el representante autorizado de vuestro Centro o Servicio, en el que debe incluir a todos aquellos profesionales que estén trabajando en dicha actividad sanitaria sin poder ser incluidos en el registro oficial. Este documento ha de ser entregado en la Consejería de Sanidad correspondiente, para su conocimiento y el del Ministerio.

Es importante que sepáis que este registro procede de una Norma Europea que se está aplicando en toda la Comunidad Económica Europea y puede afectar no solo a nuestro trabajo aquí, sino también a cualquier profesional que quiera trabajar en otro país.

No olvides enviarnos copia, acudiremos a la Consejería de Sanidad para plantear la importancia de que llegue al Ministerio (Comisión de Recursos Humanos y al grupo de trabajo de la Comisión). Copia que también enviaremos desde el Colegio Territorial y ASEBIR.

Si tu centro no quiere remitir la información a la Consejería de Sanidad, contacta con el COBCV.

Más información: nota-explicativa-cgcob.

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